{"id":6722,"date":"2024-11-05T11:08:08","date_gmt":"2024-11-05T14:08:08","guid":{"rendered":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/?p=6722"},"modified":"2024-11-05T11:08:09","modified_gmt":"2024-11-05T14:08:09","slug":"camuzzi-gas-del-sur-comenzo-con-el-proceso-de-facturacion-de-los-consumos-impagos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/?p=6722","title":{"rendered":"Camuzzi Gas del Sur comenz\u00f3 con el proceso de facturaci\u00f3n de los consumos impagos"},"content":{"rendered":"\n<p>De acuerdo al fallo de la C\u00e1mara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que, a fines de agosto, revoc\u00f3 el amparo del Juzgado Federal de R\u00edo Grande que, en junio pasado, hab\u00eda ordenado a Camuzzi a no aplicar por un plazo de 90 d\u00edas los cuadros tarifarios autorizados por las resoluciones 41\/24 de la Secretar\u00eda de Energ\u00eda de Naci\u00f3n y la 122\/24 del Enargas, la empresa distribuidora de gas por redes anunci\u00f3 a los clientes de Tierra del Fuego que est\u00e1 \u201cen condiciones de comenzar con la normalizaci\u00f3n definitiva de las facturas de servicio en la provincia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese marco, los cautivos usuarios de Camuzzi comenzaron a recibir un correo electr\u00f3nico en el que, sin mayores presiones, la empresa notifica el monto reclamado, e informa que el recupero se har\u00e1 en 4 cuotas para los usuarios residenciales y 2 cuotas para las dem\u00e1s categor\u00edas de consumidores.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cPara acompa\u00f1ar el esfuerzo de la poblaci\u00f3n fueguina, hemos definido que las sumas no abonadas sean facturadas en forma paulatina, en 4 cuotas iguales y consecutivas, cuyos vencimientos ser\u00e1n efectivos entre los meses de diciembre y abril del 2025. En ese marco, en tu pr\u00f3xima liquidaci\u00f3n de servicio ver\u00e1s el importe correspondiente por los consumos que hayas efectuado durante el periodo y, en una l\u00ednea aparte, la cuota correspondiente al proceso mencionado bajo la leyenda \u201cRecupero Amparo TDF Cuota n\/4\u201d, indica el mail.<\/p>\n\n\n\n<p>Es de tener en cuenta que el monto de cada cuota del recupero se adicionar\u00e1 al monto de la facturaci\u00f3n mensual del servicio. De un relevamiento realizado por EDFM entre clientes de Camuzzi, surge que cada cuota tendr\u00e1 un valor aproximado al 40% de la factura a pagar.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa metodolog\u00eda propuesta busca mitigar futuros inconvenientes para los usuarios al prorrogar las sumas adeudadas en 4 etapas consecutivas (o 2 en el caso de los SGP), aplicadas en los periodos de menor consumo, justamente para que los usuarios puedan regularizar su condici\u00f3n durante el verano y en forma anticipada al invierno 2025\u201d, se\u00f1ala la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Cr\u00f3nica de un tarifazo anunciado<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El 29 febrero de este a\u00f1o se realiz\u00f3 la audiencia p\u00fablica que hab\u00eda sido convocada por la Secretar\u00eda de Energ\u00eda de Naci\u00f3n para definir los cuadros tarifarios de, entre otras empresas, Camuzzi Gas del Sur, que implicaban subas a partir del 1 de abril subas que, dependiendo de la categor\u00eda de usuarios, iban del 350% a un 1.500%.<\/p>\n\n\n\n<p>A mediados de mayo, el Gobierno Provincial junto a los Municipios, Legisladores. Diputados, Senadores, sindicatos y organizaciones sociales y vecinos presentaron ante el Juzgado Federal de R\u00edo Grande un amparo colectivo contra el tarifazo.<\/p>\n\n\n\n<p>La jueza Mariel Borruto hizo lugar a la medida solicitada, por lo que solicit\u00f3 a la Secretar\u00eda de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n y al Ente Nacional Regulador de Gas (Enargas) que se abstuvieran de implementar por 90 d\u00edas los nuevos cuadros tarifarios a todos los usuarios y consumidores del servicio p\u00fablico de gas por redes en la subzona tarifaria Tierra del Fuego. Adem\u00e1s, dispuso que Camuzzi Gas del Sur se inhibiera de exigir o perseguir el cobro de cualquier suma de dinero basada en las facturas emitidas a partir de la implementaci\u00f3n de esos nuevos cuadros tarifarios y de proceder con el corte o la suspensi\u00f3n del suministro de gas por falta de pago.<\/p>\n\n\n\n<p>Para la jueza no se evidenciaba que las tarifas propuestas fueran justas y razonables, ni que garantizar\u00e1n \u201cla igualdad, el libre acceso y uso generalizado del servicio p\u00fablico de gas natural\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Tanto los organismos nacionales como la empresa apelaron el decisorio ante la C\u00e1mara Federal con asiento en Comodoro Rivadavia. A fines de agosto, los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Su\u00e1rez resolvieron \u201crevocar la medida cautelar ordenada el 23 junio\u201d por la Jueza Federal de R\u00edo Grande Mariel Borruto. Adem\u00e1s, y \u201cpara evitar el impacto\u201d sobre la econom\u00eda de los fueguinos, en la Resoluci\u00f3n se indicaba que \u201ccualquier eventual diferencia que se hubiere generado en la facturaci\u00f3n como consecuencia de la cautelar dictada en la instancia precedente, no deber\u00e1 ser inmediatamente incluida en el per\u00edodo siguiente facturado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00fan resta que la jueza Borruto resuelva la cuesti\u00f3n de fondo, es decir si resulta v\u00e1lido el cuestionamiento de que los cuadros tarifarios cuestionados \u201cno cumplir\u00edan con los requisitos de previsibilidad, proporcionalidad y gradualidad para los usuarios del sistema\u201d. De todas maneras, al resolver el rechazo del amparo los camaristas se\u00f1alaron que la Jueza \u201cno tuvo en cuenta que posterior a los per\u00edodos de facturaci\u00f3n considerados, las autoridades naciones adoptaron una serie de medidas de orden tarifaria que impiden sostener que la situaci\u00f3n de exorbitancia y falta de gradualidad en la facturaci\u00f3n se mantenga en la actualidad\u201d.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De acuerdo al fallo de la C\u00e1mara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que, a&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":6723,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6722"}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=6722"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6722\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6724,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6722\/revisions\/6724"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/6723"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=6722"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=6722"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=6722"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}