{"id":85,"date":"2023-11-28T19:11:48","date_gmt":"2023-11-28T16:11:48","guid":{"rendered":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/?p=85"},"modified":"2023-11-28T19:15:30","modified_gmt":"2023-11-28T16:15:30","slug":"ruta-del-dinero-k-la-camara-federal-ordeno-seguir-investigando-a-cristina-fernandez","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/?p=85","title":{"rendered":"\u00abRuta del dinero K\u00bb: La C\u00e1mara Federal orden\u00f3 seguir investigando a Cristina Fernandez"},"content":{"rendered":"\n<h3 class=\"wp-block-heading\">El fiscal Marijuan hab\u00eda dictaminado por dar por terminada con la acusaci\u00f3n tras diez a\u00f1os de tr\u00e1mite, pero una ONG pidi\u00f3 ser querellante y apel\u00f3. Ahora la causa vuelve a Casanello<\/h3>\n\n\n\n<p>La vicepresidenta Cristina Kirchner seguir\u00e1 siendo investigada en la causa conocida como la \u201cruta del dinero k\u201d, por la que ya fueron condenados a prisi\u00f3n el empresario santacruce\u00f1o L\u00e1zaro B\u00e1ez, sus hijos, el arrepentido Leo Fari\u00f1a y un grupo de financistas, entre otros. Seg\u00fan revelaron a Infobae fuentes judiciales, por dos votos a uno, la C\u00e1mara Federal hizo lugar a un planteo de una ONG que se convirti\u00f3 en querellante en la causa, y revoc\u00f3 el sobreseimiento de la ex jefa de Estado, que hab\u00eda firmado el juez Sebasti\u00e1n Casanello, a instancias del fiscal Guillermo Marijuan y con el aval de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) y de la Unidad de Informaci\u00f3n Financiera (UIF).<\/p>\n\n\n\n<p>En la resoluci\u00f3n de la C\u00e1mara Federal a la que accedi\u00f3 Infobae, se plante\u00f3 que se debe analizar la causa junto a las pruebas que expuso el fiscal Diego Luciani en el juicio Vialidad, estudiar el caso de Hotesur-Los Sauces que ahora ir\u00e1 a juicio oral y se sugiri\u00f3 incoporar las declaraciones de ex funcionarios arrepentidos en el expediente Cuadernos, as\u00ed como las maniobras de lavado de dinero que salpican al financista Ernesto Clarens.<\/p>\n\n\n\n<p>La orden de reabrir la investigaci\u00f3n sobre CFK se trat\u00f3 de una decisi\u00f3n dividida. El juez Eduardo Farah vot\u00f3 en minor\u00eda por rechazar el planteo. \u201cNo habiendo acusaci\u00f3n fiscal y no siendo la ONG \u2018Bases\u2019 una parte habilitada legal y constitucionalmente para querellar penalmente en la causa (conf. lo dicho por m\u00ed en la resoluci\u00f3n previa registrada en CFP 3017\/13\/330\/CA90, del 17 de agosto pasado), debe estarse al sobreseimiento dictado en primera instancia\u201d, dijo.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, en cambio, cada uno segun su voto, hicieron lugar al reclamo de la asociaci\u00f3n civil Bases Republicanas, ligada al macrismo. No aceptaron declarar la nulidad del dictamen del fiscal Marijuan el 24 de mayo pasado, como pretend\u00eda la ONG, pero s\u00ed dispusieron que el juez d\u00e9 tr\u00e1mite al planteo del nuevo querellante como acusador.<\/p>\n\n\n\n<p>La suerte de la reapertura de la causa parec\u00eda un secreto a voces cuando el 17 de agosto la C\u00e1mara Federal, con la misma conformaci\u00f3n, acept\u00f3 a esa ONG como querellante. Fue tambi\u00e9n en esa sinton\u00eda que la defensa de CFK sostuvo que estaba siendo perseguida pol\u00edticamente y pidi\u00f3 la recusaci\u00f3n de los dos jueces Bertuzzi y Llorens que hab\u00edan hecho lugar a ese nuevo acusador. Farah, no obstante, rechaz\u00f3 apartarlos por entender que no estaban dadas las condiciones para aceptar ese planteo.<\/p>\n\n\n\n<p>El caso, conocido como<em> La ruta del dinero K<\/em>, comenz\u00f3 en abril de 2013, y gran parte de esa investigaci\u00f3n ya se debati\u00f3 en juicio. All\u00ed L\u00e1zaro B\u00e1ez fue condenado junto a otros 17 imputados, entre ellos sus hijos, por haber llevado adelante s maniobra millonarias de lavado de dinero, que rondaron los 55 millones de d\u00f3lares. En el juicio oral se sostuvo que ese dinero proven\u00eda de la facturaci\u00f3n ilegal y de la obra p\u00fablica. En Casaci\u00f3n confirmaron las condenas, aunque bajaron las penas. Y solo uno de los votos ratific\u00f3 que el dinero ven\u00eda de la obra p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>En instrucci\u00f3n, sin embargo, sigui\u00f3 tramitando la acusaci\u00f3n contra Cristina Kirchner, se\u00f1alada por su vinculaci\u00f3n en esas presuntas maniobras de lavado. Fue la \u00fanica causa en la que fue llamada a declarar y no fue procesada. \u201cNo tuve que ver con estas maniobras, ni directa ni indirectamente\u201d, dijo CFK cuando fue llamada a indagatoria. \u201cJam\u00e1s me apoder\u00e9 de dinero il\u00edcito alguno\u201d, agreg\u00f3. El juez Sebasti\u00e1n Casanello dict\u00f3 su falta de m\u00e9rito, confirmada en marzo de 2019 por la C\u00e1mara Federal, que -no obstante- orden\u00f3 una serie de medidas a profundizar.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2022, su defensa pidi\u00f3 su sobreseimiento, pero retir\u00f3 el planteo ante lo que avizoraba iba a ser una respuesta negativa de la C\u00e1mara Federal. Para la defensa, \u201ceste proceso fue utilizado por los opositores pol\u00edticos de Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner para denostar su figura\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El 24 de mayo pasado, el fiscal Guillermo Marijuan, que impuls\u00f3 la causa durante una d\u00e9cada, sostuvo: \u201cNo tengo duda alguna de la estrecha y directa relaci\u00f3n personal entre Cristina Elisabet Fern\u00e1ndez y L\u00e1zaro Antonio B\u00e1ez\u201d. Habl\u00f3 de \u201centra\u00f1able cercan\u00eda, v\u00ednculo y amistad\u201d con el matrimonio presidencial. Y para demostrarlo no solo habl\u00f3 de las pruebas que hay en otras causas en donde ambos est\u00e1n imputados. Sin embargo, afirm\u00f3 que as\u00ed y todo eso no alcanzaba para poder avanzar en la investigaci\u00f3n contra la vicepresidenta. A su criterio, el fallo de Casaci\u00f3n hab\u00eda cercenado su hip\u00f3tesis. Y por eso pidi\u00f3 el sobreseimiento de la ex Jefa de Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante el pedido de sobreseimiento, la asociaci\u00f3n civil Bases Republicanas busc\u00f3 ser parte de la causa. Valeria Viola, presidenta de la entidad, indic\u00f3 que L\u00e1zaro B\u00e1ez y su grupo actuaron como testaferros por cuenta y orden de N\u00e9stor y Cristina Kirchner. En aquel momento, el juez Casanello rechaz\u00f3 a la entidad como querellante en una causa que tiene \u201cm\u00e1s de diez a\u00f1os de iniciado el tr\u00e1mite, en un momento donde el proceso ha quedado sin acusador y con un objetivo puntual: solicitar la nulidad del \u00faltimo dictamen fiscal\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero la C\u00e1mara Federal hizo lugar a que fuera querellante y qued\u00f3 en condiciones de resolver si ca\u00eda el sobreseimiento de Cristina Kirchner. Por mayor\u00eda, el fallo orden\u00f3 este martes volver a investigar a la vicepresidenta que el 10 de diciembre se aleja de la funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>En el fallo al que accedi\u00f3 Infobae, Llorens sostuvo que \u201cla incorporaci\u00f3n de este nuevo actor tambi\u00e9n habilita a que se reexamine la cuesti\u00f3n fondo objeto de esta causa, sobre la base del rol de acusador particular oportunamente conferido\u201d y a\u00f1adi\u00f3: \u201clos argumentos expuestos por los Querellantes en el recurso resultan suficientes como para advertir la necesidad de despejar por completo la incertidumbre que presenta conocer la verdad de los hechos y la participaci\u00f3n de la imputada en esta causa\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNo se me escapa la inseguridad que genera esta indecisi\u00f3n\u201d dijo y record\u00f3 que en fallos anteriores habia hablado de obligaci\u00f3n de \u201canalizar conglobadamente la totalidad la prueba que se hubiera producido \u2013y conocido- respecto de los hechos, teniendo en cuenta que existe una \u00fanica realidad hist\u00f3rica, reconstruida a partir de los elementos v\u00e1lidamente incorporados que conducen a afirmar que los hechos probados aparecen protagonizados por personas perfectamente identificadas y guiadas por una \u00fanica conducci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Para Llorens, la causa de la ruta del dinero debe analizarse, aunque sean expedientes separados, en conjunto con los otros expedientes que ligan a CFK con L\u00e1zaro B\u00e1ez, como la obra p\u00fablica o los casos Hotesur-Los Sauces. A su criterio, aqu\u00ed se \u201cprescindi\u00f3 de una evaluaci\u00f3n integral que exig\u00eda, por ejemplo, la incorporaci\u00f3n de la prueba sostenida por su par del Ministerio P\u00fablico en el alegato de la causa Vialidad que inform\u00f3 acerca de numeros\u00edsimos elementos agregados en \u00e9sa y otras causas, que dan cuenta de la relaci\u00f3n entre L\u00e1zaro B\u00e1ez y Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner, sus negocios en com\u00fan, los beneficios mutuos que esa relaci\u00f3n tuvo, y podr\u00eda llegar a seguir teniendo (rep\u00e1rese, por ejemplo, solo en el an\u00e1lisis que efectuara el Dr. Luciani respecto del testamento secuestrado en estas actuaciones pero que solo fuera analizado all\u00ed, y no ac\u00e1), lo que s\u00ed resalt\u00f3 la Querella en su reclamo\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cA\u00fan sin ingresar de momento en la validez o invalidez de la presentaci\u00f3n efectuada por el representante del ministerio p\u00fablico (Marijuan), se desprende la enumeraci\u00f3n de distintos elementos de prueba que hacen a la imputaci\u00f3n formulada al momento en que la acusada fue llamada a prestar declaraci\u00f3n indagatoria. Y all\u00ed emerge una contradicci\u00f3n fulminante de su argumento. Si esos mismos elementos sirvieron para abonar la real ocurrencia de la materialidad objetiva del delito, para identificar a los autores de la maniobra y sirvieron de base para que el Tribunal Oral Federal Nro. 4 de la jurisdicci\u00f3n arribara a un pronunciamiento de condena, no explica el dictamen como ello no aplica a esta parte de la investigaci\u00f3n -dijo-. Lo que el Fiscal hace en este dictamen (y aparece claro en la misma investigaci\u00f3n) es que ha dado un trato desigual a aquellos a quienes trata como iguales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En su voto, Llorens afirm\u00f3 que \u201cnunca se analizaron los distintos grados de participaci\u00f3n criminal de la imputada para determinar los elementos de prueba que colocan a cada uno de los responsables en el pelda\u00f1o de responsabilidad que les corresponde, limit\u00e1ndose solo a emparentar a Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner con L\u00e1zaro Baez, pero sin precisar el rol que le habr\u00eda cabido a cada uno durante todo el desarrollo del <em>iter criminis<\/em> y no solo frente a las exteriorizaciones visibles\u201d. Y afirm\u00f3 que \u201cno estar\u00eda de m\u00e1s que la acusaci\u00f3n (incluso la acusaci\u00f3n p\u00fablica) recabara la informaci\u00f3n existente en otras causas para terminar de conformar un cuadro probatorio amplio y demostrativo de la ocurrencia de los hechos. A eso apunta el reiterado concepto de conglobar el an\u00e1lisis de la prueba, que no supone solo reunirla materialmente, sino hacer una verdadera evaluaci\u00f3n que permita hacer realidad el objetivo de alcanzar la verdad real\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Sugiri\u00f3 as\u00ed revisar las declaraciones de los \u201carrepentidos\u201d en la causa cuadernos como Jos\u00e9 Francisco L\u00f3pez, V\u00edctor Alejandro Manzanares, Ernesto Clarens, Juan Manuel Campillo y Claudio Uberti, \u201cque podr\u00edan servir para explicar y clarificar los hechos, es una medida que podr\u00eda iluminar sobre la estructura que aqu\u00ed estamos analizando.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, llamado a votar para desempatar entre Llorens y Farah, el juez Bertuzzi afirm\u00f3: \u201cadhiero, en lo sustancial, a lo manifestado por el Dr. Mariano Llorens en su voto. Ello as\u00ed, puesto que de conformidad con los t\u00e9rminos en que ha sido dictado el decisorio venido en revisi\u00f3n \u2013me refiero al auto suscripto el d\u00eda 5 de junio del corriente a\u00f1o por el Dr. Sebasti\u00e1n Casanello- se desprende que el sobreseimiento all\u00ed dictado resulta consecuencia, exclusivamente, de la ausencia de acusaci\u00f3n \u2013desde la perspectiva del a quo- respecto a la encartada Cristina E. Fern\u00e1ndez\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Bertuzzi afirm\u00f3 que al ser incoporada al proceso el nuevo acusador particular la Asociaci\u00f3n Civil \u201cBases\u201d debe ser oido. \u201cEsta sola circunstancia determina, a mi entender, que el citado decisorio del 5\/6\/23 no pueda subsistir, dado que la premisa principal en que se sustenta \u2013ausencia de acusaci\u00f3n- ha perdido vigencia. En consecuencia, considero que corresponde revocar el auto en cuesti\u00f3n y devolver las actuaciones al a quo a efectos de que \u2013 con la intervenci\u00f3n que corresponda de las partes- dicte un nuevo pronunciamiento\u201d, afirm\u00f3<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Para finalizar dijo que \u201cse deber\u00e1 evaluar el plexo probatorio obrante en estas actuaciones analiz\u00e1ndolos en forma conglobada con las restantes constancias probatorias recabadas en el marco de los procesos vinculados, todo ello a partir de una perspectiva anal\u00edtica amplia que deber\u00e1 considerar, adem\u00e1s, las recientes evidencias incorporadas a la pesquisa como consecuencia de las \u00faltimas medidas que fueran requeridas por el Ministerio P\u00fablico Fiscal (me refiero a los dict\u00e1menes de fecha 21\/10\/21 y 18\/4\/22), las cuales podr\u00edan resultar de relevancia para la investigaci\u00f3n. En consecuencia, voto por revocar el auto de fecha 5 de junio del corriente a\u00f1o en cuanto dispuso el sobreseimiento de Cristina Fern\u00e1ndez\u00bb<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El fiscal Marijuan hab\u00eda dictaminado por dar por terminada con la acusaci\u00f3n tras diez a\u00f1os&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":86,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[22,24,23],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/85"}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=85"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/85\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":89,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/85\/revisions\/89"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/86"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=85"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=85"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoglobalsur.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=85"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}