En una decisión de trascendencia jurídica y económica, la Cámara de Apelaciones del Segundo Distrito de Nueva York dispuso hoy dejar sin efecto la sentencia de primera instancia que obligaba a la República Argentina al pago de una suma superior a los 16.000 millones de dólares.
El fallo, emitido por los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson, revierte la condena previa dictada por el tribunal de distrito a cargo de la magistrada Loretta Preska, fundamentando que las reclamaciones por daños y perjuicios derivadas del incumplimiento de contrato no resultan admisibles bajo los preceptos del derecho argentino.
A través de un pronunciamiento de mayoría (dos votos a uno), el tribunal de alzada determinó que la Ley de Expropiación sancionada por el Congreso de la Nación en el año 2012 posee preeminencia jurídica sobre el estatuto privado de la compañía. De esta manera, los magistrados ratificaron la desestimación de los reclamos presentados contra YPF S.A. y revocaron la sentencia contra el Estado Nacional, devolviendo las actuaciones al tribunal de origen para los procedimientos ulteriores de conformidad con esta nueva opinión legal.
Cabe destacar que la resolución se alinea con la postura manifestada recientemente por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, organismo que se había pronunciado a favor de la posición argentina en las semanas previas.
Si bien la parte demandante conserva la facultad de solicitar una revisión en banc ante la totalidad de los jueces del tribunal o, eventualmente, recurrir ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, el presente fallo representa un cambio sustancial en la causa más voluminosa que enfrenta un Estado soberano en tribunales estadounidenses.
La decisión judicial desestima los argumentos de los accionistas sobre la falta de fundamento en sus reclamos adicionales y fortalece la seguridad jurídica de la República ante litigios de escala internacional vinculados a decisiones legislativas soberanas.
