La Cámara Nacional Electoral (CNE) emitió una advertencia urgente sobre una estafa virtual que está circulando a través de correo electrónico, solicitando a los ciudadanos el pago de multas por no haber asistido a las últimas elecciones legislativas.
Según informó la Justicia, el mail fraudulento se identifica como multas@gob.ar y simula ser enviado desde la plataforma MI ARGENTINA. El cuerpo del mensaje insta al usuario a «regularizar su situación» y a pagar la multa por la inasistencia al voto. Para ello, solicita que la persona ingrese a un enlace malicioso cuyo objetivo es sustraer datos de sus dispositivos.
El texto de la estafa advierte: “De acuerdo con lo establecido por la legislación vigente, corresponde una multa administrativa por inasistencia, la cual puede ser abonada o justificada en línea dentro de los próximos 3 días hábiles”.
Las autoridades electorales fueron enfáticas en su comunicado: “Queremos aclarar que desde la Justicia Nacional Electoral no se envía ningún correo electrónico de esta índole y que la única manera de corroborar la situación del elector es ingresando al sitio https://infractores.padron.gov.ar/“.

Valores de la Multa y Obligatoriedad del Voto
La advertencia de la CNE coincide con el período posterior a los comicios, en el cual los infractores deben justificar su ausencia o afrontar la sanción económica.
La multa por no ir a votar en las elecciones a nivel país en 2025 varía entre $50 y $500, de acuerdo con el Artículo 125 del Código Electoral Nacional. Los valores se discriminan según la cantidad de infracciones previas:
- Primera infracción: $50.
- Segunda infracción: $100.
- Tercera infracción: $200.
- Cuarta infracción: $400.
- Quinta o más infracciones: $500.
Esta sanción se aplica a electores mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección, y su incumplimiento genera el registro en el Padrón de Infractores.
En Argentina, el voto para cargos nacionales es universal, igual, secreto, libre y obligatorio para todos los ciudadanos nativos y naturalizados a partir de los 18 años.
El sufragio tiene carácter optativo (no obligatorio) para:
- Jóvenes de 16 y 17 años (Ley de Voto Joven).
- Personas mayores de 70 años.
- Argentinos que residen en el extranjero y hayan registrado su domicilio fuera del país antes de la fecha límite establecida.
