El Juzgado Federal de Río Grande, a cargo de la jueza Mariel Borruto, dictó una sentencia clave en una masiva acción de clase. El fallo determina que las principales terminales del país neutralizaron los beneficios de la Ley 19.640, absorbiendo como ganancia corporativa los subsidios destinados a abaratar el costo de vida en la Isla.
En una resolución de alto impacto judicial y económico, la jueza federal Mariel Borruto hizo lugar a la demanda colectiva iniciada por el Estudio Jurídico Rauch & Aciar, que representa a más de 6.000 consumidores de Tierra del Fuego. La causa analiza las operaciones comerciales realizadas entre 2001 y 2010 por Volkswagen, Toyota, Renault, General Motors, Ford, Peugeot-Citroën, Honda y FCA.
La investigación judicial determinó que las automotrices fijaron precios netos de fábrica idénticos para el territorio continental y para la Isla. De esta manera, el «sacrificio fiscal» realizado por el Estado Nacional —cuyo objetivo geopolítico es reducir el costo de vida en la región austral mediante exenciones impositivas— fue retenido por las empresas.
A través de peritajes contables, el tribunal acreditó maniobras como:
- Retención indebida de porcentajes del IVA.
- Aplicación de aranceles “fantasma” de hasta el 35% en vehículos importados extra-Mercosur (cobrados a precio de plaza nacionalizada pese a estar exentos en el Área Aduanera Especial).
- Ocultamiento de impuestos internos en el valor básico de las unidades.
El Juzgado desestimó los argumentos de las defensas, que intentaban deslindar responsabilidades alegando que los precios eran fijados por las concesionarias independientes. La sentencia remarca que, en Tierra del Fuego, el acceso a un vehículo es una «necesidad estructural» ante las severas condiciones climáticas y geográficas, por lo que resulta «irrazonable» que los residentes pagaran lo mismo o más que en el continente.
La sentencia establece que las empresas deberán afrontar un resarcimiento económico que restituya a los consumidores el valor actualizado de los beneficios fiscales no trasladados, incluyendo intereses.
Asimismo, al encuadrar el caso en la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), el tribunal avanzó sobre la aplicación de daño punitivo. Esta multa civil ejemplar busca castigar la conducta corporativa desplegada durante una década y desincentivar futuras prácticas que atenten contra la finalidad geopolítica de la Ley 19.640. El fallo enfatiza que el menosprecio hacia los derechos del consumidor local y la desnaturalización de los subsidios estatales requieren una sanción que tenga un efecto disuasorio real.
Si bien la resolución constituye un precedente de enorme relevancia para la región, aún no se encuentra firme. Se espera que las terminales automotrices apelen el fallo ante instancias judiciales superiores para intentar revertir la decisión. Mientras tanto, el proceso avanza hacia la determinación final de los montos de devolución que cada consumidor integrante de la clase deberá recibir.
