Una megademanda colectiva en el fuero federal fueguino y denuncias penales exponen a barcos de España, Taiwán, Corea del Sur y Vanuatu a embargos y capturas por Interpol. Un informe del bufete King & Spalding confirma que el Reino Unido no responderá por los daños patrimoniales de las sanciones.
La pretendida seguridad jurídica con la que operaban flotas extranjeras en aguas adyacentes a las Islas Malvinas bajo licencias del gobierno colonial británico acaba de desarticularse formalmente en los tribunales argentinos y en el ámbito corporativo internacional. La combinación de una doble embestida judicial en Argentina y un riguroso dictamen legal del prestigioso bufete multinacional King & Spalding encendió las alarmas operativas para los armadores privados de España, Taiwán, Corea del Sur y Vanuatu.
El núcleo del análisis elaborado por la firma internacional confirma un dato clave para el sector corporativo: el Reino Unido no actúa como garante financiero, no indemnizará pérdidas ni responderá civil o patrimonialmente ante las sanciones que la República Argentina aplique a las empresas infractoras. Al revestir el archipiélago el estatus de Territorio Británico de Ultramar, las licencias son otorgadas de forma exclusiva por la administración local de Puerto Argentino. En consecuencia, el Gobierno británico mantiene la representación exterior y militar, pero se desliga completamente de las contingencias comerciales e indemnizatorias de los privados.
Esta vulnerabilidad legal de las empresas privadas se produce en simultáneo con dos acciones judiciales decisivas impulsadas en el país. Por un lado, la Fundación Agustina Lerena, presidida por el especialista César Lerena y con el patrocinio del constitucionalista Eduardo Barcesat, promovió una megademanda colectiva ante la Justicia Federal de Tierra del Fuego —jurisdicción que comprende las Islas Malvinas y la Plataforma Continental delimitada ante la ONU—. La presentación exige la aplicación estricta de la legislación pesquera nacional, reclamando multas millonarias en dólares, el resarcimiento del daño ambiental acumulado y la traba de medidas cautelares sobre los buques. Por otro lado, avanza una acción penal impulsada por los abogados José Lucas Magioncalda y Juan Martín Fazio, orientada a la persecución individual de los directivos y corporaciones bajo el régimen de ilícitos penales.
El avance coordinado de ambos expedientes genera un cuadro de severa inestabilidad para los buques dedicados a la captura de calamar patagónico, calamar argentino y merluza negra. La tramitación de estas causas habilita la emisión de exhortos internacionales y órdenes de interdicción marítima a través de Interpol, exponiendo a las embarcaciones al secuestro al ingresar a puertos sudamericanos o países con convenios de cooperación judicial. Asimismo, los litigios buscan levantar el velo societario de las joint ventures para embargar cuentas bancarias, cargamentos en tránsito y activos fijos de las casas matrices en Vigo, Kaohsiung, Busan o firmas pantalla en Port Vila.
A nivel normativo, las empresas que operen en Malvinas sin autorización del Estado argentino enfrentan la caducidad inmediata y definitiva de sus permisos y cuotas individuales transferibles de captura en la Zona Económica Exclusiva continental, según lo establece el Artículo 27 bis de la Ley Federal de Pesca. A este escenario se suma la creciente presión sobre los estándares de cumplimiento normativo, lo que fuerza a las aseguradoras y a los clubes de protección e indemnización (P&I Clubs) a evaluar la rescisión de pólizas por navegar en áreas sujetas a litigio penal y civil en curso. Finalmente, el dictamen advierte que los armadores carecen de base jurídica para demandar a la Argentina ante el CIADI bajo Tratados Bilaterales de Inversión al no contar con la habilitación previa del Estado ribereño soberano, dejando a las empresas privadas en un absoluto desamparo legal y económico.
